El sistema jurídico de Uruguay pertenece a la tradición del Derecho continental europeo.
La base de su derecho público es la Constitución de 1967, enmendada en 1989, 1994, 1996 y 2004. De acuerdo con ella, Uruguay es una república democrática. Hay una clara separación de funciones entre el Presidente de la República, el Poder Legislativo y el Poder Judicial. Asimismo, existen otros órganos de control, como la Corte Electoral, Tribunal de lo Contencioso Administrativo y el Tribunal de Cuentas.
Por otra parte, las relaciones privadas se rigen por el Código Civil uruguayo, que fue publicado por primera vez en 1868, gracias a la labor de Tristán Narvaja.